Ya pasó el 31 de octubre, fecha límite para reclamar daños en el pleito de clase Rosa Lydia Vélez. El que no reclamó, ¿perdió su oportunidad de hacerlo? No necesariamente.
Existe dos excepciones con las cuáles se pueden reclamar daños por incumplimiento de servicios a sus hijos.
Bajo cualquiera de estas dos (2) excepciones ustedes puede reclamar daños por incumplimiento. Vamos a explicarles brevemente porque esto es así. Los términos para reclamar daños no corren en contra de los menores de edad. El término para demandar al Departamento de Educación vencería noventa (90) días después de que el menor cumpla los veintiún (21) años. Es importante que sepan que el día antes de cumplir los veintiún (21) años se debe notificar al Estado Libre Asociado de su intención de hacer la reclamación. Si esta notificación no se hace pueden perder su derecho a reclamar. Los términos para reclamar daños no corren en contra de los incapacitados mentales. Si su hijo(a) ha estado incapacitado mentalmente desde que era menor de edad, el término para reclamar no vence NUNCA. Esto quiere decir que usted puede reclamar en cualquier momento. La razón para esto es porque a los menores no se les reconoce capacidad para demandar por su edad. Y a los incapacitados mentales no se les reconoce capacidad para demandar por su condición mental. En ambos casos deben estar representados por alguien que tome decisiones por ellos. En el caso de los menores, sus padres. En el caso de los incapacitados mentales, su tutor. OJO: Quiénes tienen derecho a reclamar son sus hijos. El derecho suyo a reclamar daños, siendo adulto, en la mayoría de los casos está vencido. Hay algunas excepciones pero esas no las discutiremos aquí. De interesar conocerlas debe comunicarse con nosotros para explicárselas. Para hacer esta reclamación se debe demandar al Departamento de Educación en un proceso regular de daños y perjuicios en el Tribunal Superior más cercano a dónde ocurrieron los hechos. También se podría reclamar en el Tribunal Federal. Esto conlevaría ciertos gastos como sellos, emplazamientos, peritos y otros dependiendo del caso. Lo mejor es que se comuniquen con nosotros para orientarlos. Por lo tanto, no se sientan frustrados si se les pasó la fecha. Todavía podrían hacer valer los derechos de sus hijos. |
Lcdo. Arnaldo H. Elías TiradoEducación Especial Archivos
September 2020
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