El Tribunal Supremo de Puerto Rico determinó que pueden reclamar daños toda aquella persona registrada en educación especial desde el 14 de noviembre de 1980 hasta el presente, a quiénes se les haya negado algún servicio de educación especial. También pueden reclamar las madres, padres, tutores y encargados por los daños sufridos por ellos mismos debido al incumplimiento de Educación con proveer servicios a sus hijos, tutelados o personas de quiénes estaban o están encargados.
La Jueza Superior María M. Cabrera Torres (quien tiene a cargo el caso en el Tribunal Superior de San Juan) también ha determinado que debido a la complejidad del caso, no se permitirá que los interesados presenten sus reclamaciones por derecho propio. Esto quiere decir que tienen que conseguir un abogado que los represente. Para esto hay dos (2) opciones:
En cuanto a los honorarios, cada abogado tiene diferentes tarifas, pero lo usual es lo siguiente:
De interesar una orientacion completamente gratis se puede comunicar al (787) 763-1075 o al (787) 649-2840 para concertar una cita. Nuestras oficinas son en San Juan pero representamos clientes en toda la isla por lo que podemos acordar una reunión más conveniente para usted ya que constantemente estamos visitando diferentes pueblos. |
Lcdo. Arnaldo H. Elías TiradoEducación Especial Archivos
September 2020
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