La respuesta es: depende. De ordinario no, pero podrían surgir excepciones bajo las cuáles un maestro podría responder. Un ejemplo es si la reclamación incluye partidas por maltrato institucional o por actuaciones intencionales o culposas. Nuestra intención en este caso es que no.
Es muy difícil establecer, con total certeza, un incumplimiento culposo e intencional de parte de un maestro por el cuál el Departamento de Educación se libre de responder. El Departamento de Educación responde, como todo patrono, por las actuaciones de sus empleados mientras esten ejerciendo sus funciones. Vamos a ver varios ejemplos por los cuáles el Departamento podría responder:
En resumen, a menos que existan circunstancias excepcionales, el Departamento de Educación es quien va responder por los incumpolimientos, NO LOS MAESTROS. |
Lcdo. Arnaldo H. Elías TiradoEducación Especial Archivos
September 2020
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